La Ley de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la despoblación aprobada en pasado 1 de junio de 2021 por el gobierno de Castilla-La Mancha, incluye beneficios fiscales, ayudas y subvenciones para ayudar a las familias que viven en el medio rural. ¿Pero a qué zonas concretas van destinados estos beneficios, cómo se concretan estas medidas y cómo afectan en la comarca Molina de Aragón Alto-Tajo?

CLASIFICACIÓN DE ZONAS RURALES

La Ley de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la despoblación clasifica zonas escasamente pobladas, zonas en riesgo de despoblación, zonas rurales intermedias, y zonas rurales periurbanas.

Asimismo, establece zonas de intensa despoblación (agrupaciones de municipios con densidad superior a 8 habitantes por km2) y zonas de extrema despoblación (agrupaciones de municipios con densidad de población menor de 8 habitantes por km2).

El Decreto 108/2021 de 19 de octubre de 2021 concreta la ley de junio. A nivel regional se establecen un total de 52 zonas, de las que 14 corresponden a zonas de extrema despoblación considerando TODOS los municipios de la comarca Molina Alto-Tajo como zona de extrema despoblación.

mapa extrema despoblacion castilla la mancha

Accede aquí al recurso interactivo “Zonificación del medio rural en Castilla-La Mancha”: https://castillalamancha.maps.arcgis.com/apps/webappviewer/index.html?id=4aef99c29c8c4a51b383465e86a6e9d6

 

BENEFICIOS FISCALES Y ECONÓMICOS

Los beneficios fiscales y económicos que el Gobierno de Castilla-La Mancha ha articulado para las zonas escasamente pobladas y en riesgo de despoblación son los siguientes:

Beneficios a personas

  • Desgravación fiscal de hasta 25% en el tramo autonómico del IRPF.- Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas.- para personas con residencia habitual en un municipio de las zonas escasamente pobladas.
  • Deducción fiscal del 15% en el tramo autonómico del IRPF para personas que adquieran o rehabiliten su vivienda habitual en un municipio de las zonas escasamente pobladas de menos de 5000 habitantes.
  • Deducción fiscal de 500 euros en el tramo autonómico del IRPF durante 2 años para las personas que trasladen su vivienda habitual a un municipio de las zonas escasamente pobladas por motivos laborales.

Beneficios sobre inmuebles de uso personal, viviendas

  • Reducción del tipo impositivo hasta el 3% en el impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en las tramitaciones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual en estas zonas.
  • Reducción del tipo impositivo hasta el 0.15% para primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten las transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de la primera vivienda habitual en estas zonas.

Beneficios para inmuebles para uso laboral, centros de trabajo

  • Reducción del tipo impositivo hasta el 1% en el ITP-AJD.- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.- en transmisiones de inmuebles destinados a sede social o centro de trabajo de empresas o a locales de negocios en esta zonas.
  • Reducción del tipo impositivo hasta el 0.10% para las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten las transmisiones de inmuebles destinados a sede social o centro de trabajo de empresas o a locales de negocios en estas zonas.
  • Bonificación en la cuota tributaria del 95% en AJD para las primeras copias de escrituras y actas notariales que documenten los actos de agrupación, agregación, segregación y división que se efectúen sobre suelos destinados al uso industrial.

Ayudas para proyectos empresariales

  • Puntuación adicional de hasta el 40% del total de la prevista en procesos de concurrencia competitiva, para proyectos empresariales de personas o entidades que se desarrollen en un municipio de estas zonas.
  • Incremento de hasta el 40% de la ayuda en procesos de ayudas directas a las personas o entidades que pongan en marcha iniciativas empresariales en un municipio de estas zonas

Para acceder a la zonificación que establece el Decreto 108/2021, de 19 de octubre pincha aquí.

Para acceder a la Ley de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación pincha aquí.

Share This